Atención y gestión de PQRS
Actuamos de acuerdo a la Ley 1755 del 30 de Junio de 2015 por la cual “se regula el Derecho fundamental de petición y se sustituye un código del procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo”.
Para Trobapp de Colombia s.a.s es importante conocer su opinión, resolver sus dudas y atender sus quejas y sugerencias. Por tanto, y bajo el principio de transparencia, buscamos trabajar en la mejora continua de los servicios que ofrecemos realizando un seguimiento continuo a sus PQRS. La atención a la PQRS que usted presente se realizará de forma agil , por eso recibirá una respuesta de manera completa y detallada en un término máximo de 10 días hábiles si es una petición de información y 15 días hábiles a las demás peticiones, quejas, reclamos y sugerencias.
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